sábado, 27 de agosto de 2016

Algunas ideas sobre el alquiler turístico de viviendas vacacionales

Cualquier país que desee prosperar debe seguir una seríe de reglas básicas en su organización social, que incluyen el respecto escrupuloso de la propiedad privada. Por lo tanto, es un error impedir el alquiler de una vivienda que cumpla con los requisitos legales para ser habitada.

Actualmente, en Baleares, está en vigor una Ley que prohíbe el alquiler de tipo vacacional en determinados tipos de viviendas, bajo el argumento, netamente intervencionista, según el cual no se pueden mezclar los turistas con los residentes por existir riesgos para la convivencia, y por constitituir un competencia desleal para con el setor hotelero. Además de por incrementar los alquileres destinados a trabajadores.

El resultado de la prohibición es que hay miles de viviendas en el "mercado negro"  y la economía sumergida. La demanda de este tipo de alquiler es tan elevado que muchos ciudadanos están dispuestos a correr los riesgos que conlleva el incumplimiento de la Ley.

Pues bien, desde aquí podemos considerar que el alquiler vacacional contribuye a flexibilizar el mercado permitiendo un mejor aprovechamiento de todos los recursos de la sociedad. Su prohibición es un desperdicio de una magnitud muy considerable.

El cliente tipo de esta clase de alquiler pretende un alojamiento sin la correspondiente prestación de servicio típica de los establecimientos hoteleros. De manera que podemos concluir que se podría regular este tipo de contrato considerando que va dirigido a aquellos que deseen un alojamiento sin prestación de servicios.

Sin duda, además de lo anterior se podrían regular aspectos tales como la fianza, los controles policiales, las garantías, o, incluso, las categorias. En este sentido parece importante que la legislación sea nacional en vez de autonómica siguiendo la doctrina de Competencia y de la propia UE.

En definitiva, el alquiler no se puede prohibir a los ciudadanos que tienen que poder ejercer sus plenos derechos sobre su propiedad. Así deben poder alquilar mediante la formula legal que consideren más oportuna para sus propios intereses.

Las leyes no tienen que prohibir sino incentivar para lo bueno (como la defensa del patrimonio, el ahorro hídrico o energético, etc.). Y, por supuesto, hay que pagar impuestos.

Cuando decimos que el turista quiere un alojamiento sin prestación de servicios, no quiere una limpieza periódica, ni un servicio de restauración, una recepción, etc. Por lo que las viviendas vacacionales no compiten de forma directa con los hoteles, es decir, que no constituyen una competenia desleal. 

El turista vacacional está en la calle, en los comercios, en los supermercados, etc. comportándose de forma antagónica con el desnostado turista del "todo incluido". Y extendiendo sus gastos por todo el tejido productivo de la Comunidad.

Los propietarios, por su parte, tienen sus casas impolutas porque quieren comentarios positivos sobre sus viviendas, en un mundo de tecnología de comunicación continua. Por ello mismo, tienen que poder promocionarse como "alquiler vacacional".

De hecho, ahora hay un boom de este tipo de viviendas fruto de las nuevas tecnologías asociadas a la llamada economía colaborativa y, también, al hecho de que los hoteleros hayan conseguido aprobar leyes que establecen numerus clausus en materia de establecimientos y camas. Una fórmula que les ha restado mucha competitividad durante mucho tiempo, pero a la que no parecen querer renunciar.

En cuanto a la convivencia entre turistas y residentes, tan sólo hay que decir que no hay nada más socialista que intentar separar a las personas por categorías. Algo que, por ejemplo, intentó en Ayuntamiento de Calviá durante los años ochenta cuando urbanizó determinadas zonas (La Pantera Rosa o Son Ferrer) destinándolas en exclusiva a residentes, con graves consecuencias que han llevado a no repetir el experimento en nigún otro lugar.

Por último, el encarecer las viviendas para los trabajadores es un argumento demasiado pobre, pues eso depende del conjunto del tratamiento que se le de al mercado de la vivienda en general y no a un tipo de contrato en concreto. En cualquier caso, aquí lo que es más urgente es reforzar los derechos de propiedad otorgando mayores dosis de seguridad a aquellos que prefieran decantantase por alquileres de plazos mayores.

En definitiva, regular es bueno puesto que puede otorgar seguridad a usuarios y propietarios mejorando las condiciones de disfrute de estas vivienda. Prohibir es un craso error de graves consecuencias económicas.

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